Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1533/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.5.
II.5. Por memorial presentado el 8 de agosto de 2007, a la Jefatura Departamental del Trabajo de Santa Cruz, dependiente del Ministerio de Trabajo, la recurrida señala que los denunciantes nunca han sido ni son trabajadores de la entidad, por lo que no existe ni existió relación laboral (fs. 89).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1.
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- III.2. Marco constitucional y jurisprudencial sobre el derecho de petición
- SC 0187/2010-R
- supone que una vez planteada la petición,
- no existe solicitud alguna dirigida a la demandante, por la cual hayan formulado reclamo alguno de los aspectos denunciados
- APROBAR