Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1535/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
1)
Lidia Bethsabé Arias Quelali y Seferina Quelali Vda. de Arias, por intermedio de su abogado señalaron: 1) El 5 de julio de 2006, fueron víctimas de allanamiento de un inmueble, por lo que se inició un proceso penal que actualmente se encuentra con acusación formal en la justicia ordinaria y por lo tanto el Tribunal Constitucional no puede resolver incidentes de supuestos defectos absolutos o relativos o actividad procesal defectuosa; y, 2) La parte recurrente hizo uso de los recursos previstos por ley y la Fiscalía bajo sus competencias revocó un fallo y decidió que esta acusación vaya a la justicia ordinaria, por lo que solicitan se declare improcedente el recurso.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- sobreseimiento
- revoca
- III.3. Análisis del caso de autos
- APROBAR