Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1547/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
I.1.4. Petitorio
Las recurrentes piden se ordene a los recurridos resolver las peticiones, en el plazo de veinte cuatro horas de las dos Resoluciones 14/2007 y 15/2007, dictadas por el Consejo de Administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta Catedral de Tarija Ltda., el 14 y 29 de mayo de 2007, respectivamente.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo
- 1) En cuanto a los hechos ocurridos para la petición
- I.1.3. Personas recurridas
- I.1.4. Petitorio
- 1)
- a)
- b)
- c)
- d)
- I.2.3. Dictamen del Ministerio Público
- concedió
- II.1. En cuanto a la petición
- II.2. Informe de las personas recurridas
- objeto
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR