SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1551/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1551/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

III.4. Análisis del caso concreto

En cuanto al argumento del accionante en sentido de que sólo el Director Nacional del INRA está habilitado para impugnar títulos ejecutoriales, y no así una persona particular, argumento que también sirvió de base para la resolución del Tribunal de garantías, que para conceder la tutela entre uno de los argumentos sostuvo que se tramitó el proceso agrario sin legitimación activa por parte del tercer interesado y demandante en dicho proceso, indicando que de conformidad al art. 247 del Reglamento de la LSNRA, las demandas ante el Tribunal Agrario Nacional, sobre nulidad de títulos ejecutoriales únicamente está concedida a los Directores Departamentales del INRA cuando tomen conocimiento, de oficio o a denuncia, de vicios no manifiestos de nulidad que les afecten, no así a una persona particular como Edwin Federico Rek López.