SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1560/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 01 de 11 de enero de 2008, cursante a fs. 361 y 362, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Francisco Mariscal Montaño contra la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) Futuro de Bolivia S.A., representada por Carlos Henry Garrido Villarroel, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad social, a la salud y a la vida, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 158. II de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg); y, 22 y 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Según la SC 0119/2010-R de 10 de mayo, refiere que: “En los casos en que no sea posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada se mantendrá la denegatoria, haciéndose constar tal situación, dado que el accionante puede nuevamente interponer la acción tutelar, siempre y cuando, cumpla con los requisitos de admisibilidad”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- improcedente
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad.
- “recurso de
- “accionante”
- III.3.1. Derecho a la vida
- III.3.2. Derecho a la salud
- III.3.3. En cuanto al derecho a la seguridad social
- III.4. De la excepción al principio de subsidiariedad del amparo constitucional
- plazo y requisitos para acogerse a la prestación de invalidez por riesgo común
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR