SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1590/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1590/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

II.8.

II.8.  Mediante Auto de 3 de mayo de 2007, el Juez de Instrucción de la provincia Germán Busch, declaró improbada la solicitud de 2 de mayo de 2007 (fs. 42); Resolución contra la cual el demandado interpuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación que fue resuelta por el Juez de la causa, mediante Auto de 15 de mayo de 2007, que resolvió:1) Mantener el Auto de 3 de mayo de 2007, considerando que el término empezó a correr desde la notificación a las partes con la providencia de 17 de marzo de 2007, cursante a fs. 28 del expediente original, proveído que fue notificado a las partes el 14 de abril de 2007 y es a partir de entonces que empieza a correr el término de los ocho días que vence el 24 de abril, para luego computar los veinte días que tiene el Juez para dictar Sentencia; concediendo alternativamente el recurso de apelación (fs. 47); y, 2) Concediendo alternativamente el recurso de apelación.

II.8.  Mediante Auto de 3 de mayo de 2007, el Juez de Instrucción de la provincia Germán Busch, declaró improbada la solicitud de 2 de mayo de 2007 (fs. 42); Resolución contra la cual el demandado interpuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación que fue resuelta por el Juez de la causa, mediante Auto de 15 de mayo de 2007, que resolvió:1) Mantener el Auto de 3 de mayo de 2007, considerando que el término empezó a correr desde la notificación a las partes con la providencia de 17 de marzo de 2007, cursante a fs. 28 del expediente original, proveído que fue notificado a las partes el 14 de abril de 2007 y es a partir de entonces que empieza a correr el término de los ocho días que vence el 24 de abril, para luego computar los veinte días que tiene el Juez para dictar Sentencia; concediendo alternativamente el recurso de apelación (fs. 47); y, 2) Concediendo alternativamente el recurso de apelación.