SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1603/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1603/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

III.5.2.Respecto a la supuesta falta de competencia del Juez demandado

En el caso presente, la jurisprudencia contenida en la SC 0099/2010-R, glosada en el Fundamento Jurídico III.4., es aplicable, por cuanto, una gran parte de la fundamentación de la acción de amparo constitucional presentada, radica en la supuesta falta de competencia de la autoridad judicial demandada, quien -a decir de los accionantes- en su condición de Juez de Instrucción, tramitó un proceso de prescripción adquisitiva o usucapión, cuando la circular 07/98, emitida por la Corte Suprema de Justicia, dispuso expresamente que dichos procesos son de competencia privativa de los jueces de partido en lo civil y en ningún caso de los jueces de instrucción. En consecuencia, como se tiene anotado, no es posible efectuar un análisis de fondo de la problemática denunciada con relación a la supuesta falta de competencia de la autoridad jurisdiccional demandada, porque es un tema netamente competencial referido al juez natural como elemento integrante del debido proceso, y los accionantes tenían expedita la vía para interponer recurso directo de nulidad, si así consideraban necesario, no siendo la acción de amparo el medio idóneo para resguardar las supuestas nulidades denunciadas. Aspecto que neutraliza la presente acción tutelar e impide el análisis de fondo a objeto de verificar si se vulneraron o no los derechos descritos anteriormente, lo cual amerita la denegatoria de la tutela.