SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1612/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1612/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

a)

El BCB, en su calidad de tercero interesado a través de su representante, por memorial cursante de fs. 97 a 103 vta., señaló: a) Se declaró ejecutoriada la resolución apelada al no haberse proporcionado los recaudos de ley conforme los arts. 242 y 243 del CPC; b) Realizadas las aclaraciones solicitadas al perito, por los coactivados, en atención al art. 535 del CPC se fijo el monto definitivo de la base del remate; c) Por previsión del art. 517 del CPC, la ejecución de autos y sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada, no pueden suspenderse por ningún recurso ordinario ni extraordinario; d) No se causó indefensión a los coactivados, quienes tenían conocimiento de la tercera subasta, habiendo presentado en la misma fecha un incidente y presenciado la audiencia de remate, convalidándola con su presencia, sin que la hubieren cuestionado de nula conforme el art. 44 del CPC; y e) De acuerdo con el art. 405 del Código de Comercios (CCom) y las escrituras 1905/2006 y 1908/2006, al haberse producido una fusión entre las entidades bancarias (Banco Mercantil S.A. y Banco Santa Cruz S.A.), se rechazó el incidente de nulidad por falta de personería del Banco Mercantil S.A. finalmente, pidió se declare improbado el recurso.