SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1612/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1612/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

i)

Concluida la audiencia, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 27 de septiembre de 2007, cursante de fs. 107 vta. a 109, denegando la tutela solicitada, argumentando que: i) No se colocó a los recurrentes, en ningún momento en estado de indefensión por lo que cualquier defecto en las notificaciones, las mismas conservan su validez al haber cumplido la finalidad a la que estaban destinadas, que en el caso fue la tercera audiencia de remate; e, ii) El Auto de Vista cuestionado, aunque corto, viene a resolver lo peticionado por el recurrente en su memorial de apelación , no siendo evidente lo reclamado por los recurrentes; y, c) La fusión del Banco Mercantil S.A. a otra entidad bancaria no significa su desaparición sino una modificación a su composición societaria, habiendo existido y existe durante todo el tiempo que duró el proceso coactivo en cuestión.