SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1612/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1612/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

Fragmento 24

           De igual forma, revisado el memorial de apelación presentado por la coactivante, hoy accionante, por sí y en representación de su esposo, contra al Auto de 13 de enero de 2007 (fs. 52 a 53), por el que se rechaza el incidente de nulidad de obrados -que por los datos del proceso se refiere al rechazo del incidente de nulidad por falta de personería del ejecutante, al haberse extinguido o desaparecido como persona jurídica sujeto de derechos, el Banco Mercantil S.A., se advierte que los argumentos del mismo se refieren a que: a) No se ha tomado en cuenta que, sin haberse apersonado y menos señalado domicilio la representante del BCB fue oficiosamente notificada con el incidente de nulidad de 8 de enero de 2007, habiendo incumplido el tribunal con la obligación de fundamentar sus fallos conforme exige el art. 192 inc.2 del CPC; b) El art. 517 del CPC, sólo se puede aplicar en los procesos que han sido sustanciados sin vicios de nulidad, lo que no ocurre en el caso; y, c) No se consideró la desaparición como persona jurídica del Banco Mercantil S.A., actuación que finalizó el 1 de diciembre de 2006, pretendiéndose justificar su ilegal actuación en torno a un acuerdo de fusión.