SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1635/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1635/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

es ineludible que el Recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal

Por otra parte, reiteradamente, en distintos fallos del Tribunal Constitucional se ha determinado que para la procedencia del amparo constitucional “…es ineludible que el Recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, es decir el agraviante” (SSCC 0325/2001-R y 0863/2001-R, entre otras) (las negrillas son ilustrativas).