SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1668/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1668/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.3.

II.3.  Por Auto de 15 de junio de 2007 el Juez Instructor Décimo en lo Penal, anuló obrados hasta el inicio de la investigación, por haber incurrido en actividad procesal defectuosa establecida en el art. 169 numerales 1) y 3) con relación a los arts. 167 y 279 del CPP, disponiendo que el Ministerio Público proceda a tramitar la causa, conforme a procedimiento, haciendo hincapié en que dado el estado actual de la causa no procede la devolución de la mercadería y si la devolución del motorizado (fs. 11 a 12).