Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1671/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.4.
II.4. Resolución 35/2006 de 8 de febrero emitida por el Plenario del Consejo de la Judicatura, por la que suspenden del ejercicio de sus funciones a Félix Cirilo Paz Espinoza, Juez Quinto de Partito de Familia del Distrito Judicial de La Paz, sin goce de haberes, en razón a que la acusación no emerge de acción alguna del Consejo de la Judicatura (fs. 78), determinación que es puesta en conocimiento del afectado por CITE DD-CJ-URD/1018/06 de 21 de diciembre, emitida por el Director Distrital a.i. del Consejo de la Judicatura de La Paz (fs. 76), tal como refieren los propios recurrentes en el memorial de recurso de amparo constitucional (fs. 186 a 200).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Marco normativo y jurisprudencial
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR