SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1711/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 27 de noviembre de 2007, cursante de fs. 9 a 12, el recurrente alega que, se encuentra radicada en el Juzgado Cuarto de Sentencia, una acusación penal iniciada a instancia de Romer Osuna Añez contra “casa de campo”, en la persona de Freddy Adolfo Burgoa Zalles, por la presunta comisión del delito de estelionato; en el desarrollo del juicio oral, interpuso incidente de recusación sobreviniente contra el Juez Cuarto de Sentencia en base a los arts. 316 inc. 7), 319 parte final y 320 del Código de Procedimiento Penal (CPP); pero, mediante Auto de 7 de noviembre de 2007, el recurrido, rechazó el trámite de recusación, sin ingresar a considerar el mismo, argumentando que era temerario y grosero; además, señalando que el referido trámite, no admite recurso de apelación y por lo tanto debía proseguir el juicio; al no encontrarse fundamentada dicha determinación, se solicitó complementación y enmienda, que mereció en la misma fecha, un Auto complementario; posteriormente, en audiencia, los abogados solicitaron nuevamente al Juez, que tramite la recusación y remita antecedentes a un Tribunal superior; autoridad que reiteró el rechazo del incidente sin lugar a su tramitación, vulnerando de esta forma sus derechos.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Desistimiento en acciones de amparo constitucional
- los derechos se ejercen por voluntad del titular de los mismos, de modo que bajo ningún motivo se puede obligar a ejercerlo, salvo algunos derechos que por su naturaleza deban ser obligatoriamente protegidos por esta jurisdicción
- III.4. Análisis del presente caso
- 3º Remítase