Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1711/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.1.
II.1. Cursa en antecedentes, el acta de continuación de juicio oral de 7 de noviembre de 2007, constatándose que en dicha audiencia, el Juez resolvió la recusación interpuesta en su contra, determinando rechazar la misma; razón por la cual, el ahora recurrente, solicitó complementación y enmienda, que fue resuelta; posteriormente, el imputado solicitó nuevamente al Juez, que tramite la recusación conforme procedimiento, mereciendo una nueva Resolución, en la que reitera el rechazo de la recusación al considerarse un acto dilatorio y reiterativo que vulnera los principios de celeridad y continuidad (fs. 2 a 6).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Desistimiento en acciones de amparo constitucional
- los derechos se ejercen por voluntad del titular de los mismos, de modo que bajo ningún motivo se puede obligar a ejercerlo, salvo algunos derechos que por su naturaleza deban ser obligatoriamente protegidos por esta jurisdicción
- III.4. Análisis del presente caso
- 3º Remítase