SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1714/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.3.
II.3. El 5 de abril de 2007, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dictó en apelación la Resolución 218/07, dentro del proceso penal de referencia, anulando totalmente la Sentencia 13/2006, disponiendo que otro tribunal de sentencia proceda a la reposición del juicio, saneando el defecto procesal absoluto que ocasiona la nulidad, con el fundamento de que los Fiscales Adjuntos que actuaron desde la imputación formal hasta la Sentencia sin estar habilitados en reemplazo del Fiscal de Materia, han promovido defecto absoluto inconvalidable obrando sin competencia, viciando sus actuaciones y consiguientemente el proceso sustanciado y la Sentencia pronunciada (fs. 248 a 251 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología apropiada en la acción de amparo constitucional
- Unidad y Jerarquía.
- unidad
- sobre la participación de los Fiscales Adjuntos en el proceso penal que ha motivado el amparo
- respecto a que el Auto Supremo hubiera sido redactado y aprobado en tan sólo dos días
- APROBAR