SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1734/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 24 de abril de 2008, cursante de fs. 114 a 118, pronunciada por el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Rolando Roberto Lafuente Anzoleaga contra José Vittorio Valdez Rocha, Presidente; y, María Elizabeth Quispe de Alemán, Secretaria, ambos del Consejo de Administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta "Quillacollo" Ltda. (CACQUI Ltda.), alegando la vulneración de sus derechos a la presunción de inocencia y a la defensa, citando al efecto, el art. 16.I, II y IV de la Constitución Política del Estado (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- y contra los actos consentidos libre y expresamente
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR