SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1742/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1742/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

denegó

Concluida la audiencia pública, en la Sala Penal Segunda de la Corte Superior, constituida en Tribunal de garantías pronunció la Resolución 21 de 1 de abril de 2008, cursante de fs. 135 a 136 vta., por la que denegó la tutela solicitada con los siguientes fundamentos: a) El art. 122 de la LM establece la limitación al derecho de propiedad que se realiza mediante Ordenanza Municipal, por declaración de necesidad y utilidad pública, a su vez, el art. 125 de la misma Ley establece el término para la expropiación en el plazo de dos años, dicha Ordenanza perderá vigencia y la venta forzosa quedará sin efecto, que publicada restringe un derecho de propiedad, en la cual, el Municipio, siguiendo el principio de acción debe pagar el justiprecio al que refiere el art. 123 de la LM; b) En el caso, se dejó a iniciativa del particular, vulnerándose los derechos constitucionales del propietario y al no haberse pagado, la declaración que contiene la última parte del art. 125, las Ordenanzas en su conjunto no se encuentran vigentes y por tanto, la venta forzosa que le limitaba ese derecho quedó sin efecto; y,  c) Es imposible legalmente conceder la tutela, habida cuenta que la Ordenanza Municipal cuya derogatoria se solicita, fue dictada el 2001, perdiendo vigencia sin necesidad de declaración judicial, estableciendo su no vigencia por el simple transcurso del tiempo; dos años sin que se hubiera materializado la expropiación.