Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1746/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
Fragmento 3
Con esos antecedentes, interpone recurso de amparo constitucional contra Daría Urbina García, Presidenta; y, Rogelio Poma López, Secretario, ambos del Concejo Municipal de Caracollo, provincia Cercado del departamento de Oruro; solicitando se declare procedente y conceda el recurso, en consecuencia, disponga su inmediata restitución y convocatoria al cargo de Concejal Municipal de Caracollo, al haberse cumplido el plazo de vigencia de la licencia solicitada, con las condenaciones de ley averiguadas en ejecución de sentencia.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto