Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1793/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.9.
II.9. El 10 de julio de 2007, COTEL Ltda., dentro del recurso de revocatoria interpuesto contra el Auto de 21 de junio de 2007, solicitó sea aceptado dicho recurso, dejando sin efecto el Auto impugnado y se notifique a COTEL Ltda., con el nuevo acto administrativo contenido en la RA 1394/2007, al existir pronunciamiento del superior jerárquico (fs. 101 a 102 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- III.4. Análisis del caso
- Fragmento 20
- APROBAR