SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1796/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 4/2008 de 9 de mayo, cursante de fs. 108 a 111 vta., pronunciada por el Juez de Partido Mixto Ordinario y Sentencia de la provincia Cercado con Asiento en Caracollo del Distrito Judicial de Oruro, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Fausto Choque Condori en representación de la Universidad Técnica de Oruro (UTO) contra Basilio Flores Canavari, Secretario General, Isidro Flores Condori, Nicasio Canaviri Flores y Mario Alvarado Tola, miembros y dirigentes de la “Central de Campesinos de Condoriri” respectivamente, alegando la vulneración de los derechos de la Institución a la que representa a la “seguridad jurídica” y a la propiedad privada, citando al efecto los arts. 7 incs. a) e i) y 22.II de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.1.
- III.3.2. Protección directa e inmediata, otorgada en forma excepcional por la acción de amparo, ante medidas de hecho
- Fragmento 19
- III.4. Análisis del caso
- “Toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual o colectiva, siempre que ésta cumpla con una función social”
- APROBAR