SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1830/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Cuando concurrió a la Dirección Departamental de Identificación Personal, para tramitar y obtener su cédula de identidad, previo cumplimiento de la presentación de su certificado de nacimiento original como único requisito exigible, funcionarios de esa dependencia policial rechazaron su pedido, exigiéndole la presentación de otros documentos que no están consignados en ninguna norma legal. Por lo que, el 20 de mayo de 2008, presentó un memorial dirigido al Director de la mencionada Dirección, haciéndole conocer el rechazo a su solicitud, sin obtener respuesta alguna; luego, por memorial de 27 del mismo mes y año, reiteró su pedido, esta vez ante el Comandante Departamental de la Policía, quien después de una larga peregrinación en su oficina, no emitió ninguna orden, negándole la extensión de su documento de identidad.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Marco jurídico aplicable
- 1)
- III.4. Principio de jerarquía de la Policía Nacional
- III.5. Análisis del caso concreto
- i)
- concede
- APROBAR