SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1848/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1848/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.4.

II.4. El 4 y 29 de enero de 2007, el abogado patrocinante de la parte coactivada, Luis Campos Arauz, reitera su pedido de regulación de honorarios profesionales (fs. 30 y 32), previo juramento de no haber recibido el pago de sus honorarios (fs. 31), el Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Auto 90/07, en aplicación a lo dispuesto por el art. 75 de la LA, relacionado a los arts. 199.II y 201 del CPC y el arancel mínimo del Colegio de Abogados, tomando en cuenta el trabajo realizado, reguló el honorario del profesional abogado Luís Campos Arauz, en la suma de Bs3000.-  mas la suma de $us3 525,06.-, que corresponden al 2% de la cuantía objeto de la demanda coactiva, pago que deberían efectuar sus patrocinados, Ewaldo Fischer Albuquerque y Roxana Fátima Pereyra de Fischer (fs. 32 vta. a 33).