Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1862/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional,
En revisión la Resolución de 7 de mayo de 2008, cursante de fs. 38 a 39, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Henry Alvaro Pinto Dávalos en representación de Erika Jeanine Saba Rivero, contra Celina Herbas Herbas, Jueza Sexta de Instrucción en lo Penal y cautelar del mismo distrito, alegando la vulneración de los derechos de su representada a la “seguridad jurídica” y a la garantía del debido proceso, sin citar la norma constitucional que los contiene.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.1. Jurisprudencia.
- si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia…'
- la norma constitucional que los contiene
- Fragmento 18
- citando la norma constitucional infringida
- APROBAR