SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1866/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, alega como lesionados sus derechos a la "seguridad jurídica", al trabajo y la garantía del debido proceso, manifestando que dentro del proceso penal seguido en su contra por los delitos de hurto y tráfico de minerales, se dictó Sentencia condenatoria y como consecuencia, se incautó su vehículo, sin que la Resolución haya determinado dicha medida, reclamando este aspecto, basándose en el Código de Procedimiento Penal que entró en vigencia a partir del 31 de mayo de 2001, aplicable por el principio de favorabilidad; solicitó su devolución sin resultado positivo, soslayando que la incautación de medios de transporte con el nuevo procedimiento quedó sin efecto, porque se estableció que transgredía derechos y garantías reconocidos por el Pacto de San José de Costa Rica que es el instrumento que da "inspiración a los principios de nuestra norma adjetiva penal actual en la que nuestro estado se incorpora de manera sistemática a los alcances de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, recogiendo obviamente los principios de la declaración Universal de Derechos Humanos, considerando que materialmente el proceso penal los derechos en conflicto, son fundamentalmente relevantes constitucionalmente, por ello la persecución penal debe limitarse a un sistema de garantías" (sic). Añade que, el art. 7 relacionado con el art. 221, ambos del CPC, establecen la aplicación de medidas cautelares, encontrándose entre ellas la incautación; empero, debe aplicarse excepcionalmente existiendo como alternativa la anotación preventiva entre tanto se repare el daño; existiendo desigualdad en la administración de justicia en razón de que en casos similares se aplicó dicha medida observando precisamente el principio de favorabilidad anotado. Establecido el supuesto acto ilegal, corresponde verificar si corresponde otorgar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Sobre el control constitucional a la interpretación de la legalidad ordinaria
- .
- III.4. Sobre los requisitos para la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.5. Análisis del caso concreto
- denegado
- APROBAR