SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1891/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1891/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.7.

II.7. A partir del 14 de septiembre de 2004, el recurrente reclama el cumplimiento de la sentencia judicial ante el SENASIR, Interventor del SENASIR, Director General del SENASIR, Viceministro de Pensiones y Servicios Financieros del Ministerio de Hacienda y Ministro de Hacienda, cursando asimismo las respectivas respuestas como la del Ministro de Hacienda de 20 de octubre de 2006 (fs. 20 a 59).