SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1900/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III.4.
Especificados los supuestos por los cuales no se activa el amparo constitucional por subsidiaridad, corresponde dilucidar si los actos denunciados de ilegales, corresponde otorgarse la tutela demandada, o al contrario determinar la inviabilidad de la protección solicitada, al constatar que los extremos denunciados, se encuentran en los supuestos referidos en el punto que antecede.
Ingresando a la problemática planteada, cabe recordar que a emergencia de haberse llevado a cabo la audiencia para fijación de asistencia familiar sin que haya estado presente el accionante y en la cual manipulo la parte demandante fijando la asistencia familiar en la suma de Bs1500.- (mil quinientos 00/100 bolivianos), lo que es superior a la remuneración que percibe el accionante, en consecuencia al haberse llevado a cabo una audiencia ilegal, según él vulneró la garantía del debido proceso, asimismo se pretende cobrar por ese concepto una suma que no está acorde con los ingresos de su representado, dejándolo sin sueldo para su propia subsistencia y atentando contra los derechos denunciados.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- i)
- I.2.3.
- denegó
- I.2.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2. Por memorial de 14 de diciembre de 2007, el recurrente interpuso incidente de nulidad de audiencia
- II.3. El recurrente a través del memorial de 11 de febrero de 2008, presentó recurso de reposición con alternativa de apelación
- II.4. El 6 de marzo de 2008,
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- amparo constitucional
- “accionante”
- III.3. El principio de subsidiariedad y el amparo constitucional
- Fragmento 19
- III.4.
- recurso de reposición con alternativa de apelación contra
- Fragmento 22
- denegado
- APROBAR