SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1933/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1933/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente y apoderado ahora accionante, manifiesta que como emergencia del proceso ordinario seguido por Germán Rosales Omonte y otra contra Aida Rosales Caballero y la Congregación de las Hermanas de la Caridad “Miyasaki”, se dictó el Auto de Vista de 10 de marzo de 2007, habiéndose procedido a su notificación con esta actuación en tableros de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, sin tomar en cuenta que estas notificaciones no son válidas por cuanto se tenía consignado el domicilio procesal y real de su representada y al no haber procedido a su notificación de forma legal se vulneró los derechos al debido proceso y defensa además de la “seguridad jurídica”. Corresponde dilucidar en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.