SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1954/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1954/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

a)

Los recurrentes, ahora accionantes, manifestaron dentro del proceso penal que se sigue en su contra, se vulneraron sus derechos a la defensa y al debido proceso por cuanto: a) Como resultado de un recurso de amparo constitucional anteriormente interpuesto por los ahora accionantes, por Resolución de 14 de junio de 2007, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz les concedió la tutela solicitada y dispuso que en el plazo de cinco días el Tribunal Sexto de Sentencia resuelva nuevamente la recusación que formularon contra los Jueces Técnicos del Tribunal Quinto de Sentencia; sin embargo, esa determinación del Tribunal de garantías no fue cumplida, pues la recusación se resolvió recién el 27 de septiembre; b) Habiendo planteado recurso de reposición contra el señalamiento de audiencia de juicio oral e incluso reiterado el mismo, los miembros del Tribunal Quinto de Sentencia determinaron resolver ese recurso en audiencia de juicio, contraviniendo los arts. 401 y 402 del CPP; c) En la audiencia de juicio oral, en la fase de planteamiento de excepciones e incidentes no se le cedió la palabra a su defensa, indicándoles que su derecho para hacerlo había precluido, sin considerar que lo que solicitaron fue que se resuelva el recurso de reposición contra el señalamiento de juicio oral; d) Hugo Guillermo Laruta Claure planteó una excepción de falta de acción, pero el Tribunal Quinto de Sentencia, sin aceptarla o rechazarla, dispuso que el juicio continúe y que resolverían la excepción en sentencia. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal, las normas constitucionales y legales aplicables, se debe o no otorgar la tutela solicitada.