SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1955/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la región de “Challhua Mayu” de la comprensión “Vacas”, provincia Arani, posee un terreno donde estableció su vivienda, que la comparte su familia, además de tener algunas habitaciones dadas en locación a los estudiantes de la normal “Ismael Montes”, que se halla próxima a la casa donde vive. Tal inmueble tiene la dotación de servicios básicos de energía eléctrica y agua potable, este último desde hace más de veinticinco años que fue instalado y conectado, aportando para la compra de la tubería de agua potable, pago de trabajadores y otros. El servicio de agua se lo realizaba sin contratiempo alguno, cumpliendo con sus obligaciones del pago de cuotas, asistencia obligatoria a las reuniones, trabajos etc.; sin embargo, hace poco tiempo atrás los dirigentes del lugar, “sin causa ni motivo alguno comenzaron a inquietar” (sic.) en la posesión de su bien inmueble, por lo que recurrió al Juzgado Agrario de la localidad de Punata, solicitando amparo de posesión.
Al presente, los recurridos, siguiendo su política de represalias en su contra, aleccionando a la gente, asumieron una actitud belicosa y procedieron a cortarle el suministro de agua potable a su casa, privándole en absoluto el acceso al agua potable, por lo que ante la negativa total por parte de los mismos a restablecer tal servicio básico, tuvo que recurrir a que su vecina les regalara agua para sus necesidades, llegando al extremo de llegar a prohibirle a la misma que dejara de ayudarles, por lo que ante la necesidad de contar con este líquido elemento han tenido que usar las aguas servidas que pasan por las inmediaciones de su propiedad, con el serio riesgo de contraer enfermedades.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 2)
- I.2.3. Resolución
- i.
- iii.
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la prevalencia del derecho sustancial al formal
- III.4. Sobre el derecho a la vida
- III.5. Sobre el derecho al agua
- c) Accesibilidad, el agua y las instalaciones y servicios de agua deben ser accesibles a todos, sin discriminación alguna, dentro de la jurisdicción del Estado Parte y a un precio razonable
- III.6. Análisis del caso
- III.6.1. Respecto al cumplimiento de los requisitos de contenido para la procedencia del recurso de amparo constitucional
- III.6.2. Respecto a la restricción de acceso al agua
- concedido
- APROBAR