Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1961/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.1.
II.1. A fs. 9 y 110, cursan los documentos de préstamo de dinero entre el recurrente y el coimputado Orlando Vargas Fernández, de 19 de enero de 2006, por la suma de $us2500.-; y entre el recurrente y René Sandoval Solís, por la suma de $us5000.- de 16 de noviembre de 2005, resultando ser el abogado que suscribió ambos documentos transaccionales el recurrido José Torrico Garvizu.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el carácter subsidiario del amparo constitucional
- a) Cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) Cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- III.4. Del caso analizado
- APROBAR