SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1961/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1961/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, manifestó que se vulneró su derecho y garantía, al debido proceso, por cuanto: 1. Se dictó la Resolución de sobreseimiento a favor del coimputado, con el que no llegó a ninguna conciliación y menos aún a suscribir documento transaccional en que desista de la acción -tal como lo hizo con el otro co-imputado- 2. Se incumplió con los plazos procesales establecidos por el art. 324 del CPP, toda vez que el Fiscal de Distrito una vez recibida la impugnación el 19 de noviembre de 2007, ratificó el sobreseimiento el 3 de diciembre de 2007, es decir, después de diez días. Corresponde analizar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del accionante, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.