Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1961/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.2.
II.2. A fs. 96, consta el documento transaccional, de 9 de abril de 2007, entre el recurrente y el coimputado Orlando Vargas Fernández, en el que consta la devolución del dinero prestado y el desistimiento del recurrente, para continuar cualquier acción penal o civil en su contra; que posteriormente mediante memorial de 8 de octubre de 2007, presentado por ambos contratantes, solicitaron al Fiscal Ángel Álvarez requiera la extinción de la acción penal, como en la civil de acuerdo a los arts. 303, 304 y 305 del CPC, 27.7 del CPP, 7 y 65 de la LMP (fs. 132 y 133).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el carácter subsidiario del amparo constitucional
- a) Cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) Cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- III.4. Del caso analizado
- APROBAR