SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1999/2010-R
Fecha: 26-Oct-2010
2.
2. El recurso de hábeas data, al igual que el amparo constitucional, es subsidiario, establecido por el art. 19 de la CPE, lo que significa, que solamente se activa cuando el recurrente ha agotado todas las vías legales para la rectificación de datos públicos o privados que hubieran afectado su derecho a la intimidad, privacidad personal y/o familiar, a su imagen, honra y reputación; en el caso, el recurrente no ha cumplido con el principio de subsidiaridad, puesto que no agotó las vías legales a su alcance, para reclamar su derecho a cancelación o eliminación de antecedentes en la “División de Registros y Archivos del Departamento II de la FELCN”. Para tal efecto se consideró, que el Juez de Partido Liquidador Penal y de Sustancias Controladas no negó la solicitud del recurrente, sino que mediante el proveído de 8 de abril de 2008, le abrió esa posibilidad, al haber dispuesto que el recurrente acuda a la autoridad llamada por Ley o en su caso le facilite copias legalizadas de los antecedentes pertinentes para que resuelva conforme a Ley; decisión judicial que no fue impugnada, más al contrario desconocida por el recurrente, toda ves que reiteró su petición, por lo que la autoridad judicial, ahora recurrida, el 15 de abril de 2008, reiteró el proveído de 8 de abril del mismo año.
- recurso de hábeas data, ahora acción de protección de privacidad,
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
- E
- I.2.2. Informe de las autoridades demandas
- 1.
- 2.
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- Fragmento 13
- III.2. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de protección de privacidad
- Fragmento 15
- ; lo que significa que sólo se activa cuando el recurrente ha agotado los medios o recursos que tenía a su alcance para lograr conocer, objetar u obtener la eliminación, rectificación de los datos públicos o privados que afectan a su derecho a la intimidad y privacidad personal y familiar, a su imagen, honra y reputación
- Dicho de otro modo, el hábeas data se activa exclusivamente cuando la persona demuestra que ha acudido previamente ante la entidad pública o privada para pedir la restitución de su derecho lesionado y no ha podido lograr la reparación a dicha vulneración
- APROBAR