SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1999/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1999/2010-R

Fecha: 26-Oct-2010

I.1.1. Hechos que motivan la demanda

En el reverso de su certificado de antecedentes, extendido por la FELCN, se hizo constar que fue detenido el 15 de enero de 1996, con fines investigativos, a consecuencia de un mandamiento emitido por los entonces Jueces de Sustancias Controladas, a solicitud del ex Diputado Nacional, Oliverio Iriarte Lafuente; en el que consta también que el mismo día fue liberado por requerimiento del Fiscal de Materia de Sustancias Controladas.

Señaló también, que el hecho que una persona haya sido aprehendida con fines investigativos sin haber sido imputada y menos aún condenada, no constituye antecedente delictivo; teniendo en cuenta además que fue aprehendido el 15 de enero de 1996 para prestar su declaración, por mandato del art. 147 de la CPEabrg, que permitía la aprehensión si el testigo no se hacía presente con la primera citación.

Por lo manifestado, decidió acudir ante el representante del Ministerio Público a objeto que ordene la cancelación del referido antecedente penal, habiendo obtenido como respuesta negativa en sentido que debía acudir ante la autoridad jurisdiccional, empero, el Juez Liquidador de Partido Penal y de Sustancias Controladas, lejos de advertir la ilegalidad del antecedente penal, le dio la opción de acudir ante la autoridad llamada por ley para que le facilite copias legalizadas de todo lo pertinente, quien ante la reiterada solicitud que hizo, señaló que al no ser él la autoridad que ordenó el registro de sus antecedentes penales, debía obtener antecedentes del caso “Narcoavión”.