II.3. El caso concreto
Al respecto, de la revisión de los antecedentes presentados, a criterio de los suscritos Magistrados, las Resoluciones impugnadas, al contrario de lo sostenido en la SC 1161/2010-R, se encuentran razonablemente fundamentadas conteniendo los elementos exigibles a toda resolución, así que se precisa a continuación:
Al respecto, de la revisión de los antecedentes presentados, a criterio de los suscritos Magistrados, las Resoluciones impugnadas, al contrario de lo sostenido en la SC 1161/2010-R, se encuentran razonablemente fundamentadas conteniendo los elementos exigibles a toda resolución, así que se precisa a continuación:
- Partes:
- Magistrados:
- 1)
- II.1.
- II.2. Naturaleza jurídica del debido proceso y alcance de la motivación de las resoluciones como elemento constitutivo
- II.2.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones
- II.3. El caso concreto
- 1. La Resolución 132/2006, de 15 de noviembre
- 2.
- pero que la sanción impuesta no iba en armonía a la gravedad de los hechos y al incalculable daño realizado a la administración de la justicia y a la imagen del Poder Judicial en general
- REVOCAR en parte
