SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2000/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2000/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

II.2.

II.2.  Auto Interlocutorio que fue recurrido de alzada por el Banco, que radicó en la Sala Civil Primera del la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que mediante Auto de Vista de 4 de junio de 2007, revocó en parte el Auto recurrido y declaró en el fondo improbadas la excepciones interpuestas por los garantes manteniéndose vigente lo demás, por memorial de 19 de junio de 2007 los accionante solicitaron complementación del Auto de Vista, solicitud que fue acogida por Auto complementario de 21 de junio de 2007 se enmendó y complementó el Auto de Vista de 4 de junio de 2007, y confirmó parcialmente el Auto de 26 de enero de 2004, y solamente en la parte apelada y se deja sin efecto la expresión que decía revoca por haberse incurrido en equivoco involuntario (fs. 7 a 8 vta., 10, 11 y vta.).