SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2000/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2000/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes, ahora accionantes, señalaron que las autoridades recurridas, hoy demandadas, lesionaron el derecho a la seguridad jurídica, porque mediante Auto de Vista de 4 de junio de 2007, revocaron en parte el Auto recurrido y declararon en el fondo improbadas las excepciones interpuestas por los garantes, manteniéndose vigente en lo demás, por memorial de 19 de junio de 2007, los accionantes solicitaron complementación del Auto de Vista, solicitud que fue acogida por Auto complementario de 21 de junio de 2007, se enmendó y complementó el Auto de Vista de 4 de junio de 2007 y confirmó parcialmente el Auto de 26 de enero de 2004, y solamente en la parte apelada y se deja sin efecto la expresión que decía “revoca” por haberse incurrido en equivoco involuntario. En revisión corresponde verificar los hechos denunciados para establecer si corresponde o no otorgar la tutela solicitada.