SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2006/2010-R
Fecha: 03-Nov-2010
II.1.
II.1. Fenecido el proceso penal seguido por la ahora recurrente, Ruth Zambrana Mójica contra Gustavo Abel Gil Sossa, por los delitos de estafa y estelionato, que se sustanció en todas sus instancias con el CPP72, adquiriendo ejecutoria la sentencia condenatoria, el querellado durante la sustanciación del proceso, solicitó libertad provisional que le fue concedida, apersonándose como fiadores Alex Brunn Aguilera y Mary Ruth Gil de Brun, quienes otorgaron su bien inmueble en garantía. Es así que la querellante el 6 de diciembre de 2006, presentó demanda de calificación de responsabilidad civil, la que fue calificada mediante la sentencia de 21 de mayo de 2007, pronunciada por el Juez Séptimo de Sentencia y de Partido Liquidador (fs. 2 a 5).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.3. Aplicación del Código de Procedimiento Penal vigente, para la calificación de la responsabilidad civil, emergente de un proceso penal sustanciado en vigencia del Código de Procedimiento Penal de 1972
- Fragmento 18
- III.4. El caso en examen
- concedido
- REVOCAR