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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2049/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2049/2010-R

    Fecha: 10-Nov-2010

    1.-

    1.-  Respecto al primer punto, es decir, que se vulneraron los derechos constitucionales del recurrente porque el proceso no se desarrolló conforme a derecho, nada se tiene que ver o resolver, pues fue tramitado por el Tribunal que correspondía  y si bien puede tener sus ilegalidades, eso debe ser resuelto mediante el recurso de apelación que ya se interpuso.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • i)
    • 1.
    • 5.
    • 8.
    • 9.
    • I.2.3
    • 1.-
    • 3.-
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
    • Fragmento 23
    • III.3. La naturaleza subsidiaria del recurso, ahora acción de amparo constitucional
    • III.4.
    • APROBAR

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