Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2049/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
II.3.
II.3. De fs. 44 a 46, cursa “Voto Resolutivo” 07-06-TH pronunciado por el Tribunal de Honor del Sindicato de Transportistas Santa Cruz por el que se dispone el procesamiento y juzgamiento del recurrente en la vía disciplinaria, debido a que de la auditoría externa practicada por la Empresa Auditores Asociados AYANK S.R.L. se determinó la existencia de malos manejos económicos y violación del Estatuto y del Reglamento de esa institución, ordenando se cite al procesado para que esté a derecho. En cumplimiento a dispuesto por el Tribunal, por Decreto de 9 de diciembre de 2006, el Presidente de esa instancia ordenó se cite personalmente al recurrente con el referido Voto Resolutivo (fs.47).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- 1.
- 5.
- 8.
- 9.
- I.2.3
- 1.-
- 3.-
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- Fragmento 23
- III.3. La naturaleza subsidiaria del recurso, ahora acción de amparo constitucional
- III.4.
- APROBAR