Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2063/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
Fragmento 3
Con esos antecedentes interpone amparo constitucional contra Edgar Terrazas Melgar y Ramiro Claros Rojas, Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, solicitando se conceda el presente recurso, ordenando se anule el Auto de 29 de agosto de 2007, dictado por los Vocales recurridos y se ordene que éstos dicten nueva resolución, debiendo pronunciarse sobre las excepciones presentadas por su persona.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado vigente y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional no es una instancia procesal ni casacional que forme parte de las vías legales ordinarias
- III.3. La interpretación y aplicación de la legalidad ordinaria como atribución de la jurisdicción común
- III.4. Análisis del caso de autos
- APROBAR