SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2084/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2084/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

Derecho a ejercer funciones públicas

El art. 144.II.3 de la CPE establece que la ciudadanía consiste “En el derecho a ejercer funciones públicas sin otro requisito que la idoneidad, salvo las excepciones establecidas en la Ley”. De tal manera que todos los ciudadanos y  ciudadanas pueden acceder a cualquier cargo público dentro de sus   posibilidades y los requerimientos estatales que se presenten, siendo restringido este su derecho sólo en aquellos casos que determine la ley.

La SC 0657/2007-R de 31 de julio, al respecto señaló que es un: “…mandato que consagra la prerrogativa que tiene todo ciudadano, de poder ser elegido o designado para el ejercicio de funciones públicas, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que califiquen su idoneidad, o de los procedimientos democráticos electivos para el caso de servidores públicos electos; y que también implica, una vez que se ejerce el cargo, el derecho a ejercer materialmente ese cargo, no sólo como derecho constitucional, sino como una realidad fáctica que satisfaga las necesidades económicas y laborales del ciudadano electo. Además, la protección a dicho derecho implica que la persona esté en posibilidad de cumplir una labor en condiciones dignas y justas. Por lo tanto, el impedir desempeñarse a una persona en el cargo para el cual ha sido electa o designada, o el alterarle de cualquier manera el correcto desarrollo de sus funciones, afectan gravemente su derecho a ejercer esa función pública”.