SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2087/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2087/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

II.5.

II.5. Mediante memorial presentado el 21 de diciembre de 2006, la representante de YPFB interpuso incidente de nulidad de obrados, señalando que el juramento del perito fue realizado antes de que esa entidad estatal sea notificada con su designación, por lo que no se cumplió con el art. 137.I inc. 7) del CPC (fs. 33 a 38), incidente que fue rechazado mediante Auto de 8 de mayo de 2007 (fs. 61). Sin embargo, en grado de apelación se dictó el Auto de Vista de 12 de abril de 2008, a través del cual los Vocales recurridos anularon obrados hasta el estado de notificarse conforme a ley a la entidad demandada con la designación del perito Marcelo Vargas Cueto (fs. 72 a 74).