Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2088/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
2.-
2.- En mérito al tiempo transcurrido, economía procesal, seguridad jurídica y dado el efecto inmediato de la concesión de tutela por disposición constitucional y con la facultad conferida por el art. 48.4 de la LTC, se dimensiona los efectos de la presente Sentencia Constitucional, en sentido de que se mantienen válidos los actos y resoluciones emergentes del cumplimiento de la resolución del Tribunal de garantías.
- recurso d
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- 1.2.3. Intervención del tercero interesado
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. La interpretación de la legalidad ordinaria como atribución privativa de la jurisdicción común
- III.3. Análisis de la problemática planteada
- concedido
- POR TANTO
- 2.-