SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2088/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
concede
La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Resolución 15 de 23 de julio de 2008, que concede en forma parcial el recurso de amparo constitucional en lo que corresponde al Presidente del Consejo Técnico Oscar Barón Lijerón, y no así para los miembros del Tribunal Arbitral, disponiendo: 1) “La anulación de la Resolución mencionada, disponiendo se dicte una nueva con apego a la Ley y conforme a las disposiciones establecidas en el art. 3 inc. 9) de la Ley de Abreviacion Procesal Civil y Asistencia Familiar (LAPCAF), y con los fundamentos que toda Resolución debe contener” (sic); y, 2) Anula las actuaciones posteriores a la Resolución que declara improbada la recusación. Interpuesto recurso de complementación y enmienda, el Tribunal de garantías aclaró que a tiempo de dictarse la nueva Resolución debe declarar la procedencia de la recusación preservando el derecho al juez natural, con los siguientes fundamentos: a) La Resolución de 2 de junio de 2008, no contiene motivación ni fundamentación, se debe tomar en cuenta el art. 186 del CPC; y, b) Los árbitros al dictar Resolución ya no pueden volver al conocer el proceso.
- recurso d
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- 1.2.3. Intervención del tercero interesado
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. La interpretación de la legalidad ordinaria como atribución privativa de la jurisdicción común
- III.3. Análisis de la problemática planteada
- concedido
- POR TANTO
- 2.-