SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2088/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2088/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

a)

Carlos Alberto Suarez Chávez, Presidente del Consejo Técnico presentó informe oral en audiencia, manifestando: a) El amparo no es subsidiario y no es sustitutivo de otros recursos; b) El Tribunal Constitucional, ha establecido claramente que los recursos deben presentarse de manera clara y concreta y no pueden ser objetos de modificación que afecten el fondo de la problemática porque se deja en indefensión a las partes; c) Se cita como norma vulnerada solo el art. 44 del Reglamento, sin mencionar una norma constitucional o de qué manera el Tribunal hubiera vulnerado derechos y garantías; d) En el Laudo se tendrán que valorar nuevas pruebas presentadas por el recurrente; y, e) El Laudo tiene recurso de anulación.