SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2123/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2123/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

1)

El Fiscal correcurrido en audiencia informó oralmente lo siguiente: 1) Martha Caral Ramos, esposa del recurrente sentó denuncia en su contra el 31 de agosto de 2008, detenido por la Brigada de Protección a la Familia, éste fue remitido a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), cuando se detectó abuso sexual contra sus hijas; 2) Las declaraciones de las hijas, de 16 y 18 años,  afirman que su padre, desde hace cinco años, intenta “seducirlas, violarlas”, llegando un día a amenazar a una de ellas de cortarle el cuello con un estilete que colocó en el mentón de la víctima provocándole un sangrado; 3) La esposa del recurrente, señala que sufre agresiones físicas constantes de parte de su esposo ahora recurrente; 4) El imputado solicitó la nulidad de obrados aduciendo que su declaración no se realizó en presencia de su abogado y del Fiscal, lo cual es falso, ya que, el acta de declaración formal establece que estuvieron presentes su abogado Edwin Patiño y el Fiscal Trifón Romero; 5) El flash memory incautado al imputado contiene material pornográfico, por lo que es posible ampliar la imputación por el delito de corrupción de menores; 6) La calificación de los delitos es provisional; 7) El Ministerio Público en audiencia de medias cautelares solicitó a la Jueza cautelar, la rectificación del nombre del imputado de Sixto Ramos Valeriano, a Ramiro Flores Rodríguez, conforme lo prevé el art. 168 del CPP; y, 8) En base a la prueba presentada en la audiencia de medidas cautelares, la Jueza cautelar determinó la detención preventiva del imputado.