Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2163/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.2.
II.2. Mediante poder general, acreditado mediante testimonio 1097/2007 de 26 de julio, la sociedad de responsabilidad limitada "La Gloria S.R.L." faculta a Luis Gerardo Cabello Visinfini a "representar a la Sociedad ante las autoridades administrativas, judiciales, políticas, policiales, impositivas, Ministerios, Viceministerios, Secretarías, aduaneras del país (…), ante las cuáles podrá realizar cualquier tipo de trámites inherentes a la sociedad" (fs. 6 a 7 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Ausencia de legitimación activa por poder insuficiente y no idóneo
- cualquier tipo de trámites
- "El Poder General no confiere facultades para los actos judiciales que por su naturaleza exigen poderes especiales o la presencia del interesado"
- APROBAR