SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2166/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
Fragmento 10
La recurrente, ahora accionante, alega la vulneración de los derechos de la empresa a la que representa, a la “seguridad jurídica”, a la igualdad y al debido proceso, toda vez que Luciano Pana Centurión, Paulo Sergio Da Silva y Lucelia Pana Araúz, interpusieron demanda de pago de beneficios sociales, contra la referida empresa maderera denominada “5 Hermanos”, proceso que concluyó con la emisión del Auto Supremo 1418 de 12 de diciembre de 2006, dictado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia; proceso dentro el cual, en ejecución de sentencia, a efectos de cumplir con las obligaciones sociales pendientes, propuso el embargo y remate de un inmueble ante el Juzgado Tercero de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Santa Cruz, propuesta que fue aceptada por la autoridad, decisión judicial impugnada por la apoderada de los entonces demandantes contra el Auto dictado por el Juez de la causa, que mereció Auto de vista 219 de 16 de mayo de 2008, y su complementario de 281 del mismo año, decisión que revocó la decisión judicial inicial. En consecuencia, corresponde analizar si es procedente o no la concesión de la tutela.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- deniega
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 10
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR